Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 188: Interrupcion

⚖️ Texto Legal Oficial


Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Código Sustantivo del Trabajo - Artículo 188 | SSTOS