Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 197: Trabajadores de jornada incompleta

⚖️ Texto Legal Oficial


Los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y garantías que les correspondan, cualquiera que sea la duración de la jornada.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Código Sustantivo del Trabajo - Artículo 197 | SSTOS