Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 251: Excepciones a la regla general
⚖️ Texto Legal Oficial
El artículo 249 no se aplica: a). A la industria puramente familiar; b). Literal INEXEQUIBLE c). A los artesanos que, trabajando personalmente en su establecimiento, no ocupen mas de cinco (5) trabajadores permanentes extraños a su familia.
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