Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 251: Excepciones a la regla general

⚖️ Texto Legal Oficial


El artículo 249 no se aplica: a). A la industria puramente familiar; b). Literal INEXEQUIBLE c). A los artesanos que, trabajando personalmente en su establecimiento, no ocupen mas de cinco (5) trabajadores permanentes extraños a su familia.

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