Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 254: Prohibicion de pagos parciales

⚖️ Texto Legal Oficial


Se prohibe a los empleadores efectuar pagos parciales del auxilio de cesantías antes de la terminación del contrato de trabajo, salvo en los casos expresamente autorizados, y si los efectuaren perderán las sumas pagadas, sin que puedan repetir lo pagado.

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