Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 254: Prohibicion de pagos parciales
⚖️ Texto Legal Oficial
Se prohibe a los empleadores efectuar pagos parciales del auxilio de cesantías antes de la terminación del contrato de trabajo, salvo en los casos expresamente autorizados, y si los efectuaren perderán las sumas pagadas, sin que puedan repetir lo pagado.
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