Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 395: Caucion del tesorero

⚖️ Texto Legal Oficial


El Tesorero de todo sindicato debe prestar en favor de éste una caución para garantizar el manejo de los fondos. La cuantía y forma de la misma serán señaladas por la asamblea general, y una copia del documento en que ella conste será depositada en el Departamento Nacional de Supervigilancia Sindical.

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