Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 411: Terminacion del contrato sin previa calificacion judicial
⚖️ Texto Legal Oficial
La terminación del contrato de trabajo por la realización de la obra contratada, por la ejecución del trabajo accidental, ocasional o transitorio, por mutuo consentimiento o por sentencia de autoridad competente, no requiere previa calificación judicial de la causa en ningún caso.
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