Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 66: Manifestacion del motivo de la terminacion

⚖️ Texto Legal Oficial


La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esta determinación. Posteriormente no pueden alegarse validamente causales o motivos distintos. SUSTITUCION DE EMPLEADORES.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Código Sustantivo del Trabajo - Artículo 66 | SSTOS