Decreto 1072

Artículo 2.1.2.3.3: Coordinación de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente con

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

No te preocupes por este artículo, es solo una instrucción para que el Ministerio del Trabajo cree un plan y un comité para mejorar las condiciones laborales en Colombia. En la práctica, tú solo debes seguir cumpliendo con las normas básicas de seguridad social y SST que ya aplicas, porque este artículo no te exige ninguna acción directa.

⚖️ Texto Legal Oficial


atención diferencial. La Política Pública de Trabajo Digno y Decente estará en cabeza del Ministerio del Trabajo a través del Comité de Coordinación y Seguimiento de Política Pública de Trabajo Digno y Decente, encargado de la implementación de la política, así como de la articulación institucional que se requiera para tal efecto. Parágrafo 1. El Ministerio del Trabajo formulará, en los siguientes seis (6) meses a la expedición de este decreto, el Plan de Acción de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente que contendrá los factores estratégicos, metas, indicadores y resultados, así como los componentes y el desarrollo de las acciones de cada una de las líneas de acción de esta política pública. Parágrafo 2. El Ministerio del Trabajo reglamentará la conformación del Comité de Coordinación y Seguimiento de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1072 - Artículo 2.1.2.3.3 | SSTOS