Decreto 1072
Artículo 2.2.1.6.4.4: Selección y afiliación. Para la afiliación al Sistema General de Pensiones,
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Tú, como empleador, debes escoger y afiliar a tus trabajadores a una sola ARL (riesgos laborales) y a una sola Caja de Compensación Familiar. El trabajador solo elige su fondo de pensiones; lo demás es tu responsabilidad para que estén protegidos.
⚖️ Texto Legal Oficial
el trabajador seleccionará una única administradora de pensiones. Para la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y del Subsidio Familiar, corresponderá al empleador efectuar la selección de la Administradora de Riesgos Laborales y de la Caja de Compensación Familiar. (Decreto 2616 de 2013, art. 4)
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.