Artículo 2.2.4.12.22: Integración de la Mesa Técnica Interinstitucional de Apoyo al Programa de
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Este artículo solo aplica para las entidades del gobierno que deben reunirse para apoyar la prevención de accidentes graves. Como microempresario o trabajador, no tienes que hacer nada al respecto, solo debes saber que estas entidades trabajan juntas para crear reglas que te protegen de accidentes mayores.
⚖️ Texto Legal Oficial
Prevención de Accidentes Mayores - MIPPAM. La Mesa Técnica Interinstitucional de Apoyo al Programa de Prevención de Accidentes Mayores - MIPPAM, estará integrada por dos designados de cada una de las siguientes entidades: a. Ministerio del Trabajo, quien presidirá la Mesa, b. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, c. Ministerio de Salud y Protección Social, d. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, e. Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres. Parágrafo 1. Asistirá como invitado permanente un delegado del Ministerio de Minas y Energía. Parágrafo 2. La Mesa sesionará con al menos un (1) integrante de cada entidad y su participación se realizará en forma presencial o virtual. Los insumos técnicos de la Mesa constarán en el acta de la sesión correspondiente, elaborada por la Secretaría Técnica. Parágrafo 3. La Secretaría Técnica de la Mesa estará en cabeza del Ministerio del Trabajo, la cual podrá invitar de manera permanente o temporal a sus sesiones, previa convocatoria, a entidades públicas y organizaciones privadas que puedan contribuir, de acuerdo con los temas específicos a abordar.
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.