Decreto 1072

Artículo 2.2.4.2.2.24: Otras disposiciones. La afiliación al Sistema General de Riesgos

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Afiliar a un contratista a la ARL **no** significa que sea su empleado. En la práctica, solo asegúrese de pagar la afiliación de sus trabajadores independientes o contratistas para que estén protegidos en caso de accidente, pero sin crear una relación laboral con ellos.

⚖️ Texto Legal Oficial


Laborales no configura relaciones laborales entre el contratante y el contratista. (Decreto 723 de 2013, art. 25) SECCIÓN 3 AFILIACIÓN DE ESTUDIANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.2.2.24 | SSTOS