Decreto 1072

Artículo 2.2.4.2.2.4: Selección de la Administradora de Riesgos Laborales. Las personas a

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Tú y tus trabajadores pueden escoger libremente la ARL que más les guste, pero solo una. Si un empleado tuyo también trabaja por contrato de prestación de servicios, debe usar la misma ARL que ya tiene como dependiente.

⚖️ Texto Legal Oficial


las que se les aplica la presente sección, para efectos de su afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, tienen el derecho a la libre escogencia de su Administradora de Riesgos Laborales, debiendo afiliarse a una sola. (Decreto 723 de 2013, art. 4) PARÁGRAFO. El trabajador dependiente que simultáneamente suscriba uno o más contratos de prestación de servicios civiles, comerciales o administrativos, entre otros, en calidad de contratista, debe seleccionar la misma Administradora de Riesgos Laborales en la que se encuentre afiliado como trabajador dependiente.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.4.2.2.4 | SSTOS