Artículo 2.2.5.1.11: Renuncias. En caso de renuncia de cualquiera de los integrantes, se
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si renuncias a una junta de calificación de invalidez, debes avisar por escrito al Ministerio del Trabajo y seguir trabajando hasta que llegue tu reemplazo. No te puedes ir de un día para otro, porque la ley exige que siempre haya alguien en el puesto para no frenar procesos que protegen la salud de los trabajadores.
⚖️ Texto Legal Oficial
procederá a su reemplazo durante el período de vigencia faltante, por el suplente si lo hubiere, o en ausencia de este por quien designe el Ministerio del Trabajo de conformidad con el presente capítulo y de acuerdo con la lista de elegibles y según las bases del concurso. Las renuncias deberán ser presentadas ante el Ministro del Trabajo, con copia dirigida a la dirección de riesgos laborales y a la junta de calificación de invalidez. La permanencia en el cargo del integrante que presente renuncia se extiende hasta la fecha en que el suplente designado por el Ministerio del Trabajo o el nuevo integrante designado, asuma sus funciones. PARÁGRAFO. - En caso de renuncia de alguno de los integrantes principales de la junta de calificación de invalidez, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, el Ministerio del Trabajo designará un integrante ad hoc hasta tanto se designe su reemplazo, por el periodo de vigencia faltante de la junta. (Decreto 1352 de 2013, art. 15)
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