Artículo 2.2.5.1.15: Presupuesto de la junta de calificación de invalidez. El director
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Esta norma es solo para las Juntas de Calificación de Invalidez, no para tu empresa. A ti como microempresario no te aplica, solo debes saber que esas juntas deben manejar bien su plata para no quebrar.
⚖️ Texto Legal Oficial
administrativo y financiero de la junta, presentará y aprobará el presupuesto anual, frente al cual podrá recibir sugerencias y aportes de los integrantes principales de la junta, así mismo presentará a dichos integrantes un informe trimestral de su ejecución y deberá contar con la revisión del respectivo revisor fiscal. Por ningún caso las juntas pueden cerrar un año con pérdida para lo cual se deben tomar las medidas financieras correspondientes. En el presupuesto anual se deberán tener en cuenta las provisiones, tales como el no pago o pago parcial de honorarios, devoluciones de honorarios de conformidad con lo establecido en el presente capítulo, cambios de períodos de vigencia e integración de la junta, traslado de dictámenes a otras juntas conformadas, gastos que se originen en demandas ante la justicia ordinaria, entre otras. (Decreto 1352 de 2013, art. 19)
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