Artículo 2.2.5.1.40: Aclaración y corrección de los dictámenes. Las Juntas de Calificación de
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si el dictamen de la Junta tiene un error de tipeo o número, pide la corrección dentro de los 3 días hábiles siguientes a que te lo notifiquen. Esto no cambia la decisión final, pero sí evita confusiones en papeles importantes para tu salud o pensión.
⚖️ Texto Legal Oficial
Invalidez pueden corregir errores tipográficos, ortográficos o aritméticos que no modifiquen el fondo de la decisión, previa demostración de su fundamento, el cual quedará consignado en el acta y en el expediente correspondiente. La aclaración deberá ser comunicada a los interesados y no admite recursos. Para lo anterior, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del dictamen en el caso de la Junta Regional o recibida la comunicación en el caso de la Junta Nacional, se recibirán las solicitudes de aclaración o las mismas Juntas de oficio podrán realizarlo. En todo caso la Junta lo aclarará o corregirá con la firma de todos los integrantes que firmaron el dictamen y dentro de los dos (2) días hábiles siguientes lo comunicará a todas las partes interesadas, luego de dicho término queda debidamente ejecutoriado el dictamen. En el caso de aclaración o corrección de la Junta Regional, no se excluye el derecho que tienen los interesados a presentar los recursos de reposición y/o apelación frente al dictamen, de conformidad con el artículo denominado recurso de reposición y apelación, correspondiente al artículo 2.2.5.1.41. del presente Decreto. (Decreto 1352 de 2013, art. 42)
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