Decreto 1072

Artículo 2.2.6.1.2.15: Modificado por el art. 3, Decreto Nacional 1823 de 2020. <El nuevo texto

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo solo dice que las empresas que ayudan a conseguir trabajo (como el SENA, agencias de empleo o bolsas de trabajo) deben estar autorizadas por el gobierno. En la práctica, si eres microempresario y contratas a través de una de estas, verifica que esté registrada oficialmente para evitar problemas legales y asegurar que los trabajadores estén protegidos desde el inicio.

⚖️ Texto Legal Oficial


es el siguiente> De los Prestadores del Servicio Público de Empleo. Los prestadores del Servicio Público de Empleo son personas jurídicas de derecho público o privado, autorizados por la autoridad competente para prestar servicios de gestión y colocación de empleo de manera presencial, virtual o mixta. Son prestadores del Servicio Público de Empleo la Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), las Agencias Públicas y Privadas de Gestión y Colocación de Empleo, incluidas las constituidas por las Cajas de Compensación Familiar, y las Bolsas de Empleo. El texto original era el siguiente:

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.1.2.15 | SSTOS