Artículo 2.2.6.1.5.20: Contabilización de los recursos de ahorro de cesantías para el
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Este artículo es solo un trámite interno entre bancos y cajas de compensación para separar la plata de las cesantías que se usa para el seguro de desempleo. A ti, como microempresario o trabajador, no te pide hacer nada práctico; solo debes saber que si decides usar parte de tus cesantías para este mecanismo, la ley ya tiene controlado cómo se maneja ese dinero.
⚖️ Texto Legal Oficial
Mecanismo de Protección al Cesante. La Superintendencia Financiera de Colombia establecerá las instrucciones que se requieran para que las Administradoras de Fondos de Cesantías contabilicen en forma separada los recursos de ahorro voluntario destinados por los trabajadores de sus cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante. La Superintendencia del Subsidio Familiar instruirá a las Cajas de Compensación Familiar sobre la contabilización de los recursos que por ahorro de cesantías y rendimientos trasladen las Administradoras de Fondos de Cesantías, lo mismo que sobre la aplicación de los beneficios monetarios que se causen a los cesantes por este concepto. (Decreto 135 de 2014, art. 20) SECCIÓN 6 DISPOSICIONES VARIAS RELATIVAS A LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN AL CESANTE
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