Decreto 1072

Artículo 2.2.6.1.8.5.2: Instrumentos de financiación para emprendimientos. Con cargo a la subcuenta de promoción

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo significa que puedes pedir dinero gratis o créditos blandos a tu Caja de Compensación Familiar (como Colsubsidio, Comfama, etc.) para montar o hacer crecer tu negocio. Ve a tu Caja y pregunta por los "recursos del Fosfec para emprendimiento" para solicitar capital semilla o microcrédito.

⚖️ Texto Legal Oficial


del emprendimiento y desarrollo empresarial del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), las Cajas de Compen sación Familiar pondrán a disposición los recursos que financiarán los emprendimientos, iniciativas de autoempleo, innovación social para el emprendimiento o micro y pequeñas empresas que requieran apoyo para su desarrollo, a través de los siguientes instrumentos: 1. Capital Semilla. 2. Crédito o microcrédito. 3. Otros instrumentos de financiación que para el efecto defina el Ministerio del Trabajo en coordinación con las Cajas de Compensación Familiar. Parágrafo 1°. Para la puesta en marcha de los instrumentos de financiación a que refiere este artículo, se podrán celebrar alianzas, asociaciones o intervenciones que les permitan a las Cajas de Compensación Familiar desarrollar esta actividad, lo anterior considerando lo previsto en la Ley 920 de 2004 y en los numerales 1 y 4 del artículo 16 de la Ley 789 de 2002 y los lineamientos que para el efecto establezca el Ministerio del Trabajo. Parágrafo 2°. Los apoyos económicos no reembolsables entregados en el desarrollo del componente de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial del Fosfec, se regirán por lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 1429 de 2010. Parágrafo 3°. El Ministerio del Trabajo definirá las líneas de inversión sobre las cua les la población beneficiaria podrá utilizar los recursos para financiar emprendimientos e iniciativas de autoempleo e innovación social para el emprendimiento.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.1.8.5.2 | SSTOS