Artículo 2.2.6.1.8.6: Seguimiento a los servicios para el Fomento Empresarial en el marco
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Las Cajas de Compensación deben reportar cada dos meses al Ministerio del Trabajo, a través del sistema SIREVAC, cómo van los programas de capacitación para desempleados. Si tu caja ofrece estos servicios, asegúrate de que entregue el manual operativo al Ministerio y reporte la información a tiempo para evitar sanciones.
⚖️ Texto Legal Oficial
del Mecanismo de Protección al Cesante. El seguimiento a nivel estadístico será reportado en el Sistema de Recepción, Validación, y Cargue de Información de las Cajas de Compensación Familiar (SIREVAC) dispuesto por la Superintendencia de Subsidio Familiar, que generará informes bimensuales al Ministerio del Trabajo. Las Cajas de Compensación Familiar reportarán al Ministerio del Trabajo sobre los programas de capacitación, con el fin de analizar la pertinencia, eficiencia y efectividad, en los términos que esta entidad disponga. Parágrafo. Las Cajas de Compensación Familiar que decidan operar este componente deberán presentar al Ministerio del Trabajo el Manual operativo que indique la ruta y condiciones de la prestación de servicios de fomento empresarial.
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