Artículo 2.2.6.11.2.6: Referentes para el Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP)
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Este artículo solo aplica si certificas las habilidades de tus trabajadores. En la práctica, no te preocupes: solo asegúrate de que cualquier curso o entrenamiento que des esté basado en estándares oficiales colombianos (como los del SENA) para que sea válido.
⚖️ Texto Legal Oficial
Los referentes para el Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP), según el mecanismo que se aplique, son los siguientes: 1. El Catálogo Nacional de Cualificaciones, los Catálogos Sectoriales de Cualificaciones, y las Estructuras de Cualificaciones aprobadas por el Comité Ejecutivo del Marco Nacional de Cualificaciones. 2. Las normas o estándares de competencia aprobadas en el Subsistema de Normalización de Competencias, que estén asociadas a los resultados de aprendizaje de las estructuras de cualificaciones. Parágrafo 1°. En el mecanismo de evaluación y certificación de competencias se podrán tener como referentes, además de lo mencionado en el numeral 2, las normas de competencia laboral, las normas sectoriales de competencia laboral, así como las normas internacionales de competencia laboral adoptadas y adaptadas en Colombia por las entidades competentes. Parágrafo 2°. Además de lo establecido en los numerales 1 y 2 del presente artículo, podrán ser referentes para el RAP otros estándares que hayan sido elaborados por entidades facultadas para ello, tomando como base la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia (CUOC), en concordancia con las disposiciones que surjan en el Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC).
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