Decreto 1072

Art铆culo 2.2.6.11.4.3: Principios. Son principios del Subsistema de Evaluaci贸n y Certificaci贸n

馃挕 Explicaci贸n Sencilla (En Plastilina)

Este art铆culo dice que, como microempresario, debes asegurarte de que cualquier certificaci贸n de habilidades de tus trabajadores sea confiable, justa y f谩cil de obtener, sin importar su condici贸n. En la pr谩ctica, solo contrata organismos autorizados por el Ministerio del Trabajo para evaluar y certificar a tu equipo, as铆 proteges su desarrollo y evitas riesgos legales.

鈿栵笍 Texto Legal Oficial


de Competencias (SECC): 1. Calidad: Generar confiabilidad y validez en el subsistema de evaluaci贸n y certificaci贸n de competencias, en el contexto del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC). 2. Pertinencia: Responder a las necesidades de las personas y los diferentes sectores de la econom铆a, mediante la oferta de evaluaci贸n y certificaci贸n de competencias en el territorio nacional. 3. Equidad: Promover la inclusi贸n social y productiva de las personas, sin distingo de condici贸n social, raza, credo, g茅nero o diversidad funcional, a trav茅s de la generaci贸n de oportunidades de evaluaci贸n y certificaci贸n de competencias. 4. Accesibilidad: Posibilitar la participaci贸n de todas las personas interesadas en la evaluaci贸n y certificaci贸n de competencias, a nivel nacional e internacional. 5. Oportunidad: Adelantar la evaluaci贸n y certificaci贸n de competencias, en el momento en que lo requieren las personas y/o las empresas u organizaciones. 6. Idoneidad: Autorizar los organismos encargados de la evaluaci贸n y certificaci贸n de competencias, atendiendo lo dispuesto por el Ministerio del Trabajo en el presente decreto.

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    Decreto 1072 - Art铆culo 2.2.6.11.4.3 | SSTOS