Decreto 1072

Artículo 2.2.6.12.3.1.4: Oferta de la evaluación y certificación de competencias por parte

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si eres una entidad pública que certifica competencias, debes enviar cada año al Ministerio del Trabajo un plan con los cursos que vas a ofrecer. Si después quieres agregar un curso nuevo, avísales antes.

⚖️ Texto Legal Oficial


de entidades públicas. Las instituciones públicas autorizadas por el Ministerio del Trabajo deberán presentar un plan anual de evaluación y certificación de competencias de las personas, que incluya los referentes en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC), en los términos y con la periodicidad que defina la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo. Parágrafo. En el caso que la entidad habilitada para evaluar y certificar competencias requiera incluir dentro de su oferta nuevos referentes fuera de los contemplados en el plan anual, deberá informarlo previamente al Ministerio del Trabajo. SUBSECCIÓN 2 EL RECONOCIMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS EN LAS DIFERENTES VÍAS DE CUALIFICACIÓN, EN EL SECTOR PRODUCTIVO Y A NIVEL INTERNACIONAL

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