Artículo 2.2.6.9.3.9: Integración. El Comité Consultivo del Subsistema de Formación para el
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Este artículo no te afecta directamente como microempresario o trabajador, solo define quiénes son los altos funcionarios y representantes que se sientan a decidir las reglas de la formación para el trabajo. No tienes que hacer nada para cumplirlo, solo saber que el gobierno y los gremios están organizados para mejorar la capacitación laboral.
⚖️ Texto Legal Oficial
Trabajo (SFT) estará integrado por: 1. El Viceministro de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo o su delegado. 2. El Viceministro de Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional o su delegado. 3. El Viceministro de Desarrollo Empresarial, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o su delegado. 4. El Director General del Sena o su delegado. 5. El Director del Servicio Público de Empleo, SPE, o su delegado. 6. El Director del Departamento Administrativo de la Función pública (DAFP), o su delegado. 7. El Consejero Presidencial para la Transformación Digital y Gestión y Cumplimiento de la Presidencia de la República o su delegado. 8. Un representante del sector productivo. 9. Un representante de las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, IETDH, que oferten programas del Subsistema de Formación para el Trabajo, o su delegado. 10. Un representante de las Instituciones de Educación Superior (IES), que oferten programas del Subsistema de Formación para el Trabajo, o su delegado. 11. Un representante de los trabajadores elegido por las centrales obreras, o su delegado. Parágrafo 1. Los integrantes del Comité Consultivo del Subsistema de Formación para el Trabajo (SFT) tendrán voz y voto. Parágrafo 2°. El Ministerio del Trabajo reglamentará mediante acto administrativo la elección de los integrantes del Comité Consultivo en particular los numerales 9, 10 y 11 del presente artículo. Parágrafo 3°. El Comité Consultivo del Subsistema de Formación para el Trabajo podrá invitar, por solicitud de alguno de sus integrantes, cuando se requiera, a otros representantes del sector público o privado para aportar en temas relacionados con el diseño de las políticas públicas y los lineamientos para la estructuración, operación y mantenimiento del Subsistema de Formación para el Trabajo (SFT). Ver Resolución 584 de 2021, Ministerio del Trabajo.
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