Artículo 2.2.6.9.4.5: Habilitación de las instituciones oferentes de programas del
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si ofreces cursos de formación para el trabajo, debes tener la habilitación oficial de tu entidad (como el registro ante la Secretaría de Educación) y, si eres una IETDH, además debes cumplir con la norma de calidad NTC 5555. En la práctica, verifica que tu institución esté legalmente autorizada y certificada para evitar sanciones y garantizar que tus trabajadores reciban capacitación válida y segura.
⚖️ Texto Legal Oficial
Subsistema de Formación para el Trabajo (SFT). Para ofertar e implementar programas de la formación para el trabajo, las instituciones oferentes deben contar con la habilitación institucional de su propia naturaleza jurídica. Parágrafo. Las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (IETDH), que aspiran a ofertar programas del Subsistema de Formación para el Trabajo, deben contar con la norma técnica de Calidad (NTC 5555) sobre el Sistema de Gestión de la Calidad para Instituciones de formación para el Trabajo, o las consideradas por el Comité Consultivo del Aseguramiento de la Calidad.
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