Decreto 1072

Artículo 2.2.6.9.4.8: Procedimiento para la habilitación de la oferta de programas del

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para ofrecer cursos de formación para el trabajo, debes radicar los documentos que acrediten que cumples los requisitos ante el Ministerio del Trabajo, esperar su verificación y obtener una autorización oficial. En la práctica, revisa la Resolución 447 de 2022 y asegúrate de tener toda la papelería lista antes de inscribir alumnos.

⚖️ Texto Legal Oficial


Subsistema de Formación para el Trabajo. El proceso de habilitación de la oferta de los programas del Subsistema de Formación para el Trabajo (SFT), conforme lo establecen los artículos 2.2.6.9.4.6. y 2.2.6.9.4.7 del presente Decreto tendrán tres etapas: a) radicación de la documentación que. evidencie las condiciones habilitantes definidas en el presente decreto ante el Ministerio del Trabajo, en la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo; b) verificación de acuerdo con los procedimientos establecidos y, c) autorización para la oferta del programa mediante el acto administrativo que corresponda. Parágrafo. El trámite para habilitar la oferta de programas del Subsistema de Formación para el Trabajo se determinará a través de acto administrativo proferido por el Ministerio del Trabajo. Ver Resolución 447 de 2022, Ministerio del Trabajo.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.9.4.8 | SSTOS