Decreto 1072

Artículo 2.2.7.2.1.1: Afiliados al régimen del subsidio familiar. Son afiliados al régimen del

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si tienes empleados fijos, debes afiliarlos a una Caja de Compensación Familiar desde el primer día de trabajo. Esto les da acceso a subsidios y beneficios para ellos y su familia, así que no lo dejes para después.

⚖️ Texto Legal Oficial


Subsidio Familiar: 1. Los trabajadores de carácter permanente al servicio de los empleadores previstos en los artículos 7 y 72 de la Ley 21 de 1982, desde el momento de su vinculación y hasta la terminación de la misma. 2. Los pensionados que se hayan incorporado o que se incorporen en los términos de la Ley 71 de 1988. (Decreto 784 de 1989, Art. 1)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.2.1.1 | SSTOS