Decreto 1072

Artículo 2.2.7.2.1.3: Empleadores afiliados. Son afiliados a una caja de compensación familiar

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para cumplir, debes afiliarte a una Caja de Compensación Familiar (como Colsubsidio, Comfama, etc.) y esperar que te acepten formalmente por escrito. Esto es clave porque te da derechos y obligaciones, y te permite acceder a beneficios para tus trabajadores, como subsidios y servicios de salud y bienestar.

⚖️ Texto Legal Oficial


los empleadores que por cumplir los requisitos establecidos y los respectivos estatutos de la Corporación, hayan sido admitidos por su Consejo Directivo o por su Director Administrativo, cuando le haya sido delegada tal facultad. La calidad, derechos y obligaciones de miembro o afiliado se adquieren a partir de la fecha de comunicación de su admisión y su carácter es personal e intransferible. Los estatutos de las cajas de compensación señalarán los derechos y las obligaciones de sus miembros o afiliados. (Decreto 341 de 1988, Art. 42)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.2.1.3 | SSTOS