Decreto 1072

Artículo 2.2.7.3.1.11: Condición para la aplicación del régimen contenido en el artículo 332

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para que tu empresa pueda pagar menos impuestos (artículo 332 del Estatuto Tributario), primero debes afiliarte a una Caja de Compensación Familiar. En la práctica, solo busca la Caja de tu región (como Colsubsidio, Comfama o Comfandi) y afíliate antes de pedir el beneficio tributario.

⚖️ Texto Legal Oficial


del Estatuto Tributario. Para obtener los beneficios del régimen contenido en el artículo 332 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 10 de la Ley 1607 de 2012, es requisito indispensable que el empleador previamente se afilie a una Caja de Compensación Familiar. (Decreto 721 de 2013, Art. 12)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.3.1.11 | SSTOS