Artículo 2.2.7.3.1.8: Acceso a programas ofrecidos por las cajas de compensación
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Las empleadas domésticas tienen derecho a usar los mismos servicios de las Cajas de Compensación (como subsidios o cursos) que cualquier otro trabajador. Como empleador, debes afiliarla a la Caja que elijas y asegurarte de que ella pueda acceder a todos los beneficios sin discriminación.
⚖️ Texto Legal Oficial
familiar. Las Cajas de Compensación Familiar promoverán el acceso a los servicios a su cargo para los trabajadores del servicio doméstico, en condiciones de igualdad y respecto de los demás trabajadores afiliados. Los Consejos Directivos de las Cajas de Compensación Familiar adoptaran la política de servicios y acceso para trabajadores domésticos, dentro de la cual podrán incorporarse programas específicos para la atención en servicio social de aquellos, así como esquemas de promoción de la afiliación. (Decreto 721 de 2013, Art. 9)
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