Decreto 1072

Artículo 2.2.7.3.2.4: Permanencia de la afiliación y novedades. El pensionado mantendrá su

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si eres pensionado, no te salgas de la Caja de Compensación; sigue afiliado. Avisa apenas cambie tu pensión o tu familia (hijos, esposa), para que no pierdas beneficios como subsidios o servicios.

⚖️ Texto Legal Oficial


afiliación a la Caja de Compensación Familiar mientras ostente tal condición y tendrá la obligación de reportar a la Caja correspondiente cualquier circunstancia que modifique su condición de afiliación, en especial, la reliquidación de su mesada pensional o los cambios relacionados con su núcleo familiar cubierto, sin perjuicio de la verificación que adelantarán las Cajas. (Decreto 867 de 2014, Art. 4)

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.3.2.4 | SSTOS