Decreto 1072

Artículo 2.2.7.4.4.13: Los servicios de recreación social. Los servicios de recreación social

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo te recuerda que, como empresario, debes promover que tus trabajadores usen los servicios de recreación y deporte que ofrece su Caja de Compensación (como Colsubsidio, Comfama, etc.) para que descansen y se recuperen del trabajo. En la práctica, solo debes informarles sobre estos beneficios y darles el tiempo necesario para que los disfruten, porque un empleado descansado es más seguro y productivo.

⚖️ Texto Legal Oficial


que adelanten las cajas de compensación familiar, estarán orientados por las siguientes finalidades principales: 1. Prestar servicios de recreación y turismo social. 2. Facilitar el descanso o el esparcimiento de los trabajadores afiliados, de manera que se repongan de la fatiga o el cansancio resultante de la actividad laboral. 3. Inducir a los trabajadores y sus familias a la práctica del deporte y la sana utilización del tiempo libre. 4. Facilitar la participación en eventos deportivos, programas de recreación, excursiones y actividades similares para el desarrollo físico y mental de los afiliados y sus familias. PARÁGRAFO. Las cajas de compensación familiar auspiciarán la utilización de la infraestructura existente por parte de los pensionados, los estudiantes, los trabajadores en vacaciones y demás sectores de la población para que entre semana puedan disfrutar de la recreación y el turismo social, sin perjuicio de sus actividades normales. (Decreto 784 de 1989, Art. 29)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.4.4.13 | SSTOS