Decreto 1072

Artículo 2.2.7.5.3.2: Afectación de los recursos administrados por las cajas de

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Las Cajas de Compensación no pueden usar la plata de tus aportes (parafiscales) para otra cosa que no sea seguridad social y subsidios. En la práctica, solo asegúrate de pagar tus aportes a la Caja correcta y a tiempo, ellos ya tienen la obligación legal de manejar esa plata separada y solo para lo que es.

⚖️ Texto Legal Oficial


compensación familiar. Los recursos que administran las Cajas de Compensación Familiar están destinados a la atención de las prestaciones y servicios de la seguridad social y demás finalidades que prevea la ley y no podrán comprometerse para fines diferentes. Los que provengan de los aportes obligatorios pagados por los empleadores y por las cooperativas de trabajo asociado tienen la condición de recursos parafiscales y como tales, su administración se rige por las disposiciones legales correspondientes. Los aportes obligatorios y los bienes adquiridos con estos serán contabilizados en el balance de las Cajas de Compensación Familiar, en la forma que defina la Superintendencia del Subsidio Familiar. En la contabilidad de las Cajas de Compensación Familiar se deberán registrar en forma separada los ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimonio originados en los aportes obligatorios de carácter parafiscal, de cualesquiera otros que provengan de fuentes diferentes. La Superintendencia del Subsidio Familiar emitirá las instrucciones pertinentes. Los activos que hayan sido adquiridos con recursos parafiscales pertenecen al sector de los trabajadores y su titularidad corresponderá a las Cajas de Compensación Familiar en condición de administradoras. (Decreto 1053 de 2014, Art. 2)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.5.3.2 | SSTOS