Artículo 2.2.8.3.4: Beneficios. Las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, así
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si eres cooperativa o precooperativa, debes afiliar a tus asociados a una Caja de Compensación Familiar para que ellos reciban los mismos beneficios (subsidios, servicios) que cualquier trabajador normal, sin que te los puedan negar. En la práctica, afíliate y paga los aportes como cualquier empresa, así proteges a tu equipo y cumples la ley.
⚖️ Texto Legal Oficial
como sus asociados, una vez afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, gozarán de todos los beneficios del Sistema de Subsidio Familiar, sin que estos puedan ser otorgados de manera parcial o discrecional, de conformidad con la legislación aplicable a los trabajadores dependientes. PARÁGRAFO. Las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, así como sus asociados podrán pertenecer a los Consejos Directivos de las Cajas de Compensación Familiar. (Decreto 400 de 2008, Art. 4)
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.