Decreto 1072

Artículo 2.2.9.2.2: Relación de pensionados. Para los efectos de acreditar el valor del pasivo

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para cumplir, debes entregar al promotor un cálculo actuarial actualizado y una lista completa de tus pensionados (con nombre, cédula, dirección y teléfono) dentro del mes siguiente al aviso del acuerdo. Esto es clave para calcular correctamente tus deudas pensionales y evitar sanciones o retrasos en el proceso.

⚖️ Texto Legal Oficial


pensional, junto con los documentos señalados en el inciso segundo del artículo 20 de la Ley 550 de 1999 y dentro del plazo allí establecido, deberá incluirse el cálculo actuarial con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la promoción por parte del empresario o de la iniciación de la negociación en los demás casos, Igualmente deberá adjuntarse el listado actualizado de los pensionados, indicando respecto de cada uno de ellos el nombre, identificación, dirección, teléfono, dirección donde se realizó el último pago de la mesada, señalando además el nombre de la asociación de pensionados si existiere y de sus representantes. El cálculo actuarial y el listado de pensionados de que trata el inciso anterior serán entregados al promotor a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción del aviso que informe acerca de la promoción del acuerdo. Vencido este plazo, y sin que haya sido entregada la información, el promotor deberá convocar a la reunión de que trata el artículo 28 de la Ley 550 de 1999. (Decreto 63 de 2002, Art. 2)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.9.2.2 | SSTOS