Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.1.16.1: REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO AMBIENTAL

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.1.16.1. Requisitos para la obtención del permiso ambiental. Para la obtención del permiso ambiental de los jardines botánicos de que trata el artículo 4 de la Ley 299 de 1996, el interesado deberá presentar solicitud ante la Corporación Autónoma Regional o de Desarrollo Sostenible o la autoridad ambiental del municipio, distrito o área metropolitana cuya población urbana sea superior a 1.000.000 de habitantes, con jurisdicción en el área de ubicación del jardín botánico, a la cual deberá anexar: 1. Poder debidamente otorgado, cuando de actúe mediante apoderado. 2. Certificado de existencia y representación legal del jardín botánico. 3. Copia de los estatutos de la sociedad. 4. Concepto previo del Instituto de Investigación de recursos Biológicos "Alexander von Humboldt". (Decreto 331 de 1998 Art.1).

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