Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.1.4.3: Sin Título

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.1.4.3. Para adelantar aprovechamientos forestales persistentes de bosques naturales ubicados en terrenos de propiedad privada se requiere, por lo menos, que el interesado presente: a) Solicitud formal; b) Acreditar la calidad de propietario del predio, acompañando copia de la escritura pública y del certificado de libertad y tradición, este último con fecha de expedición no mayor a dos meses; c) Plan de manejo forestal (Decreto 1791 de 1996, Art.8).

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.1.1.4.3 | SSTOS