Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.1.2.23.5: Sin Título
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.1.2.23.5. Comercialización, transformación o procesamiento Si el interesado en importar o introducir al país individuos o productos de la fauna silvestre, pretende comercializarlos, transformarlos o procesarlos, en su solicitud de permiso deberá adjuntar los datos pertinentes relacionados este decreto. (Decreto 1608 de 1978 Art.206).
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