Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.4.2.2: RÉGIMEN APLICABLE

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.4.2.2. Régimen aplicable. El manejo del humedal que se designa en el presente decreto, por ser de Importancia Internacional, se regirá de acuerdo con los lineamientos y directrices emanados por la Convención Ramsar, la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia, el parágrafo 2 del artículo 202 de la Ley 1450 de 2011 y las Resoluciones 157 de 2004, 196 de 2006, y 1128 de 2006, así como por la normatividad que expida el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en materia ambiental para estas áreas. SECCIÓN 3. HUMEDAL LAGUNA DE LA COCHA

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