Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.1.4.8.2: - RÉGIMEN APLICABLE
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.1.4.8.2.- RÉGIMEN APLICABLE. El manejo y gestión del humedal designado en el artículo precedente debido a su Importancia Internacional, se regirá de acuerdo con los lineamientos y directrices emanados por la Convención Ramsar, la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia, el parágrafo del artículo 172 de la Ley 1753 de 2015 y las Resoluciones 157 de 2004, 196 de 2006, y 1128 de 2006, así como por la normativa vigente, y/o la que modifique o sustituya el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en materia ambiental para estos ecosistemas estratégicos. (Decreto 1573 de 2017, art. 1)
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