Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.11.1.4: Sin Título

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.11.1.4 Los organismos acreditados por la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MOL) como entidad operacional designada (DOE, por sus siglas en inglés), podrán realizar hasta el 31 de diciembre de 2020 procesos de validación y verificación bajo los requisitos de la norma ISO 14065, del Capítulo 7 y de la Sección 1 del Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único 1074 de 2015, o las normas que los modifiquen o sustituyan. Cumplido este plazo, sólo se aceptarán las verificaciones realizadas por organismos acreditados según lo establecido en el artículo 2.2.11.1.2 del presente Decreto (Adicionado por el Art. 2 del Decreto 446 de 2020) CAPÍTULO 2 Características de las reducciones de emisiones y remociones de GEI para certificar ser carbono neutro

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