Artículo 2.2.2.1.1.9: FUNCIONES FRENTE A LOS SUBSISTEMAS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.2.1.1.9. Funciones frente a los subsistemas. Corresponde a la Parques Nacionales Naturales de Colombia coordinar y asesorar la gestión e implementación de los subsistemas del Sinap. En ejercicio de esta función deberá: a) Promover el establecimiento de los Subsistemas Regionales de acuerdo a la regionalización que se adopta en el presente decreto y de otros subsistemas de gestión. b) Participar en las reuniones de las mesas de trabajo de los SIRAP para garantizar la coordinación con las políticas y lineamientos nacionales en la materia. c) Apoyar con asistencia técnica, en la medida de sus posibilidades y recursos humanos y técnicos, a los SI RAP y demás subsistemas en su conformación y funcionamiento. (Decreto 2372 de 2010, Art. 9) SECCIÓN 2 CATEGORÍAS DE ÁREAS PROTEGIDAS
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