Artículo 2.2.2.1.2.12: ARTICULACIÓN CON PROCESOS DE ORDENAMIENTO, PLANES SECTORIALES Y PLANES DE MANEJO DE ECOSISTEMAS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.2.1.2.12. Articulación con procesos de ordenamiento, planes sectoriales y planes de manejo de ecosistemas. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de sus distintas dependencias con funciones en la materia y las Corporaciones Autónomas Regionales, velarán porque en los procesos de ordenamiento territorial se incorporen y respeten por los municipios, distritos y departamentos las declaraciones y el régimen aplicable a las áreas protegidas del Sinap. Así mismo, velará por la articulación de este Sistema a los procesos de planificación y ordenamiento ambiental regional, a los planes sectoriales del Estado y a los planes de manejo de ecosistemas, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de conservación y de gestión del Sinap y de los fines que le son propios. (Decreto 2372 de 2010, Art. 21) SECCIÓN 3 DISPOSICIONES COMUNES
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