Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.2.4.1.17: INSTRUCTIVO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.2.4.1.17. Instructivo. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible elaborará un instructivo para las audiencias públicas aquí referidas en el cual se establecerá de manera detallada el procedimiento que se debe surtir para adelantarlas y facilitar su comprensión. (Decreto 330 de 2007, art. 17) CAPÍTULO 5 SECCIÓN 1 ACTIVIDADES DE MEJORAMIENTO EN PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
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