Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.2.8.6.6: MOVILIZACIÓN DE ESPECÍMENES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.2.8.6.6. Movilización de especímenes. La resolución mediante la cual se otorgue el Permiso Marco o Individual de Recolección, incluirá la autorización para la movilización dentro del territorio nacional de los especímenes a recolectar. En el caso del Permiso Marco de Recolección, la Institución Nacional de Investigación emitirá certificación en la que consten los especímenes a recolectar que serán objeto de movilización. PARÁGRAFO . Para la movilización de especímenes amparados por un Permiso de Recolección en el territorio nacional no se requiere de salvoconducto adicional alguno. (Decreto 1376 de 2013, art. 28).

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