Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.2.10.9: AMPLIACIONES DE FUERZA HIDRÁULICA O DE PLAZO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.2.10.9. Ampliaciones de fuerza hidráulica o de plazo. Para obtener ampliaciones de fuerza hidráulica o de plazo se deberá presentar solicitud, en la cual se deberá expresar la mayor cantidad de fuerza que se pretende desarrollar o el tiempo por el cual se pide la ampliación del plazo. Con la respectiva solicitud se presentarán los documentos que acrediten legalmente la existencia de la concesión. (Decreto 1541 de 1978, art. 75).

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