Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.2.11.6: TÉRMINO Y VIGENCIA DE LA CONCESIÓN

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.2.11.6. Término y vigencia de la concesión. Las concesiones de agua en los términos del presente decreto podrán ser otorgadas hasta por veinte años, su vigencia está condicionada al otorgamiento del crédito para financiar las obras de infraestructura física. (Decreto 2858 de 1981, art. 6) SECCIÓN 12 OCUPACIÓN DE PLAYAS, CAUCES Y LECHOS

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