Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.2.19.15: DE LOS PROFESIONALES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.2.19.15. De los profesionales. Los proyectos a que se refiere la presente sección serán realizados y formados por profesionales idóneos titulados de acuerdo con lo establecido en las normas legales vigentes. (Decreto 1541 de 1978, art. 201).

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