Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.3.10.4: TRANSITORIO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.3.10.4. TRANSITORIO. Toma de muestras. La toma de muestras se hará de tal manera que se obtenga una caracterización representativa de los vertimientos y del cuerpo receptor, para lo cual el Ministerio de Salud o la autoridad ambiental competente o la entidad que haga sus veces determinarán el sitio o sitios y demás condiciones técnicas. (Decreto 1594 de 1984, art. 160).
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