Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.3.9.17: TRANSITORIO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.3.9.17. TRANSITORIO. Cálculo de la carga de control. La carga de control de un vertimiento que contenga las sustancias de que trata el artículo anterior, se calculará mediante la aplicación de las siguientes ecuaciones: A= (Q) (CDC) (0.0864) B = (Q) (CV) (0.0864) PARÁGRAFO 1. Para los efectos de las ecuaciones a que se refiere el presente artículo adáptense las siguientes convenciones: A: Carga de control, Kg./día. Q: Caudal promedio del vertimiento, 1/seg. B: Carga en el vertimiento Kg./día. CDC: Concentración de control, mg/1. CV: Concentración en el vertimiento, mg/l. 0.0864: Factor de conversión. PARÁGRAFO 2. La carga máxima permisible (CMP) será el menor de los valores entre A y B. (Decreto 1594 de 1984, art. 75).

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