Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.4.1.8: Sin Título

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.4.1.8. Componente de concesión de aguas, componente de autorizaciones de vertimientos y componente de uso de agua para consumo humano y doméstico en viviendas rurales dispersas y aguas residuales domésticas provenientes de soluciones individuales de saneamiento básico de viviendas rurales dispersas. El Registro de Usuarios del Recurso Hídrico para los citados componentes se regirá por lo dispuesto en los artículos 2.2.3.4.1.9. al 2.2.3.4.1.14. de dicha sección. (Modificado por el Art. 2 del Decreto 1210 de 2020) (Decreto 303 de 2012, art. 1).

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